demanda laboral articulo 47 y 51 para tontos
Enumeración clara y concisa de los hechos. No se podrán alegar hechos distintos de los señalados en la conciliación o mediación ni introducirse variaciones respecto de la protesta administrativa previa, excepto los hechos nuevos o que no hubieran podido conocerse con anterioridad.Con la demanda no es necesario adjuntar las pruebas que tenemos,